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Política Sectorial

Se modificó la Ley Donal para combatir el desperdicio de alimentos

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|Argentina|

La Cámara de Diputados de la Nación restituyó el artículo n° 9 de la Ley 25.989, más conocida como Ley Donal, por el cual se otorgará un “resguardo” a las empresas que donen alimentos con el objetivo de reducir desperdicios. Cabe destacar que en 2004 (año de su sanción) este artículo fue vetado e impidió la plena aplicación de la ley.

A partir de esta modificación, las empresas se deslindan de responsabilidades en caso de causar daños y perjuicios con los alimentos donados, siempre y cuando los mismos hayan pasado por los controles bromatológicos exigidos por el Código Alimentario Argentino (CAA) y no exista voluntad de ocultamiento sobre las condiciones del producto.

Natascha Hinsch, directora de la Red de Bancos de Alimentos (REDBdA), expresó que “la reincorporación de este artículo es fundamental para que más empresas se animen a donar, ya que además prevé incentivos fiscales para quienes lo hagan”.

Por supuesto que esta renovada Ley Donal es una gran noticia para los Bancos de Alimentos. Según estiman la FAO y la Secretaría de Agroindustria, actualmente Argentina tira a la basura 16 millones de toneladas de comida al año. Un kilo de comida por persona, cada día. Y de ese total, el mayor porcentaje está conformado por frutas y hortalizas.

Según Agroindustria, el 13% de los alimentos se desperdician sin llegar a ser comercializados, en muchas oportunidades directamente en zonas de producción. Las pérdidas continúan a lo largo de la cadena, tanto en transporte, almacenamiento y venta.

Actualmente los Bancos de Alimentos trabajan intensamente en algunos Mercados de Abasto del país, como el Mercofrut en Tucumán, el Mercado de Abasto de Córdoba, el Mercado de Productores y Abastecedores de Santa Fe y el COMECO, en Santiago del Estero. Semana a semana, estos Mercados reciben a voluntarios que recorren las naves buscando mercadería que, por problemas de packaging, etiquetado, estacionalidad o poca demanda, no fue vendida. Posteriormente se traslada lo recolectado para seleccionar lo que está apto y repartirlo donde más se necesite.

Entre las nuevas modificaciones que sufrió la ley se destaca la creación de un “Registro de Instituciones de Bien Público Receptores de Alimentos” en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social. Para participar en el mismo deberán inscribirse instituciones públicas o privadas que realicen los controles exigidos por el CAA y además puedan procesar la mercadería.

Fuente: El Cronista

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