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Política Sectorial

Productor de Corrientes podría ser condenado por negligente aplicación de agroquímicos

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|Corrientes|

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes hizo lugar al recurso de casación y ordenó revisar la causa del productor agrícola Ricardo Prieto, absuelto luego de ser acusado de homicidio culposo por aplicación de agroquímicos en la localidad de Lavalle.

Prieto había sido imputado en el año 2011 por la muerte de Santiago Nicolás Arévalos (5 años de edad) a causa de una supuesta conducta negligente desplegada durante la fumigación de sus plantaciones de tomates y hortalizas. Según señala el fallo original, el productor no controló en forma personal el proceso de las aplicaciones realizadas por sus operarios, ya que las mismas se realizaron “con las cortinas de los tendaleros levantadas, situación que permitió que los tóxicos que contienen los productos plaguicidas organoclorados alfa endosulfan se propagaran por la acción eólica en zonas aledañas”.

El informe judicial que relata lo transcurrido en 2011 afirma que como resultado de esa acción, los menores Celeste Abigail Estévez y Santiago Nicolas Arévalo (5 y 4 años de edad respectivamente) que se encontraban jugando en el lugar, inhalaron esas sustancias provocando en la niña lesiones de carácter gravísimas y en el niño edema agudo de pulmón producido por intoxicación, que le produjo la muerte.

En diciembre de 2016 Prieto fue absuelto de culpa y cargo por el Tribunal Oral Penal (TOP) de Goya al otorgarle el beneficio de la duda por insuficiencia probatoria. Sin embargo, el pasado miércoles 31 de octubre la resolución del STJ hizo lugar al recurso de casación interpuesto tanto por la Fiscalía como por el querellante conjunto y ordenó reenviar la causa para que se dicte nueva sentencia.

Desde la corte provincial aseguraron que “el TOP ha efectuado un análisis parcializado de las pruebas" y que "debían tenerse en cuenta los testimonios de los familiares de la víctima y pobladores de la zona". Además, consideraron que la absolución de Prieto no tuvo en cuenta los resultados de los estudios químicos efectuados en su propiedad, que arrojaban resultado positivo para organoclorados.

Además, sostuvieron que estaba “debidamente probado con testimonios de profesionales ingenieros y con informes técnicos que la acción emprendida en la finca -la fumigación con organoclorado- entrañaba un peligro jurídicamente relevante, perceptible de lesión típica de bienes jurídicos, por resultar generador de riesgo para la salud, integridad física y vida”.

En este sentido, la corte señaló que el productor tenía la responsabilidad de informarse sobre las pautas y normas existentes para realizar correctamente las fumigaciones, las cuales debían ser controladas desde la preparación del producto hasta la finalización de la aplicación.

Frente a este nuevo panorama, el expediente de Ricardo Prieto volverá al Tribunal de Goya, ahora con otra conformación, esperando nuevo veredicto.

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