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Edición 29

DTV: inocuidad y trazabilidad

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El día 9 de febrero de 2015 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 31/2015 de Senasa. La misma, aprobaba el Documento de Tránsito Vegetal (DTV) que constituye una Declaración Jurada y hace de respaldo sanitario de las cargas, asegurando el resguardo de los productos, subproductos y derivados de origen vegetal, durante su tránsito por el territorio nacional. Además, esta herramienta respalda el origen y destino de la producción. Desde el organismo de contralor han determinado que su implementación se realice de manera gradual y, al día de hoy, esta normativa alcanza a los cítricos y a las uvas.

Fundamentos
El Documento de Tránsito Vegetal es una herramienta que fue desarrollada por el Servicio Nacional de Sanidad Agroalimentaria (Senasa) a los fines de regular los movimientos internos de productos en nuestro país para poder así prevenir o evitar la dispersión de plagas. Precisamente, en los considerando de la normativa se asegura: “Que es necesario mitigar o reducir los peligros de contaminaciones físicas, químicas y biológicas de los productos frutihortícolas, a los fines que su consumo no represente un peligro para la salud pública”.
Asimismo, el DTV prevé asegurar que la producción nacional alcance las nuevas -y cada vez más demandantes- exigencias higiénico-sanitarias y fitosanitarias de los países importadores. Además, desde el Senasa aseguran que este es el instrumento idóneo para lograr establecer la trazabilidad de los productos vegetales y para “resguardar el status fitosanitario argentino”, según se afirma en la resolución.

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