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Política Sectorial

Incendios forestales: Se declaró la Emergencia en Chubut y Río Negro

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|Argentina|

En una sesión maratónica realizada este sábado, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que declara zona de desastre y emergencia ambiental, económica social y productiva a las regiones afectadas por los incendios forestales durante los meses de enero, febrero y marzo en la patagonia. Específicamente, aparecen como beneficiarias las localidades del departamento de Cushamen, en Chubut, y la localidad de El Bolsón, en Río Negro.

El Senado había dado media sanción al proyecto de ley, que establece la emergencia por 180 días -con posibilidad de prórroga-, la cual recibió aprobación unánime luego en diputados. El texto fue impulsado por el senador oficialista, Alfredo Puenzo en conjunto con su par rionegrino, Alberto Wereltineck (ex gobernador de la provincia). 

La iniciativa faculta al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) a brindar asistencia financiera especial para las actividades económicas damnificadas. La misma llegaría mediante créditos con tasas de interés bonificadas en un 25% en las zonas declaradas en “emergencia” y en un 50% en las zonas de “desastre”.

Además, el PEN dispondrá de la ampliación de fondos destinados a la cobertura de planes sociales y la adopción de medidas que tiendan a preservar y restablecer las condiciones de vida de sus habitantes en zonas periurbanas, así como también en las zonas de producción. 

Por otro lado, habrá asistencia financiera a través de “aportes no reembolsables” para gastos de reparación de viviendas y de recomposición de la capacidad productiva de los establecimientos. Otro de los beneficios que ofrecerá la ley es “la suspensión temporaria de juicios y procedimientos administrativos por cobros de acreencias vencidas con anterioridad a la emergencia o desastre”.

Además, se facultará a la AFIP y a la ANSES a instrumentar regímenes especiales de pago y medidas impositivas especiales, como la prórroga del vencimiento del pago de los impuestos que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las explotaciones afectadas; y la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos adeudados.

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