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COVID en frutihorticultura

Se prorrogan hasta el 30 de Agosto los precios máximos

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|Argentina|

A raíz del retroceso que experimentan algunas ciudades del país en relación a la cuarentena y las consecuencias en materia de trabajo e ingresos que de eso se desprende, el Gobierno Nacional hizo publico hoy un nuevo boletín donde se anunció la resolución 200/2020. La misma prorroga la vigencia de los precios máximos hasta el 30 de agosto. Esta medida vendría a renovar la resolución 100/2020 que se dictaminó en marzo y sería la segunda prórroga que se hace sobre la fijación de precios, ya que la primera fue realizada en mayo.

La decisión que lleva la firma de la secretaria, Paula Español, prorroga los precios máximos sobre 304 productos básicos que incluyen alimentos, bebidas, artículos de higiene y de limpieza. Los comerciantes deberán mantener los valores de dichos productos al mismo precio que se encontraban el día 6 de marzo del corriente año.

Los comercios alcanzados por la resolución están obligados a mantener los precios de venta al consumidor final que hayan sido informados al Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos. Aquellos que no estén obligados a dar anuncio de los precios (Micro, Pequeñas y Medianas Empresas) deben igualmente acatar la disposición y no realizar aumentos repentinos.

Estas acciones se vienen realizando hace tres meses con el objetivo de generar un marco regulatorio que proteja a los consumidores en la difícil situación que atraviesa el país, evitando así el desabastecimiento.

En ese sentido, la nueva resolución en su Artículo Nº3 exige a las empresas que integran de la cadena de producción, distribución y comercialización a “Incrementar la producción hasta el máximo de su capacidad y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de la presente resolución”.

El documento publicado hoy, también establece que la Subsecretaria de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores será la institución encargada de supervisar el cumplimiento de las leyes establecidas y la autorización de subas puntuales en los casos que considere necesarios.

Fuente: Telam

 

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